Contad Avanzad Decreto 895 de 2022 - Incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales (FNCE) y a la gestión eficiente de la energía💡.
Contad Avanzad Decreto 895 de 2022 - Incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales (FNCE) y a la gestión eficiente de la energía💡.
1. *El valor máximo a deducir en un período no mayor de quince. (15) años, contados a partir del año gravable siguiente en el que haya entrado en operación la inversión, será del cincuenta por ciento (50%) del valor total de la inversión* realizada en el proyecto de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energía -FNCE, de la gestión eficiente de la energía -GEE, incluyendo la medición inteligente o en proyectos de Hidrógeno Verde o Azul.
2. *El valor máximo a deducir por período gravable en ningún caso podrá ser superior al cincuenta por ciento (50%) de la renta líquida del contribuyente, determinada antes de restar la deducción.
3. En la procedencia y límites de la deducción se dará aplicación a los artículos177-1,177-2,616-1 Y 771-2 del Estatuto Tributario.
4. Los contribuyentes obligados a declarar renta deberán obtener la certificación de la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME donde la inversión se catalogue como proyecto de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energía -FNCE o de la gestión eficiente de la energía-GEE, incluyendo la medición inteligente o proyectos de· Hidrógeno Verde o Azul
Otros beneficios: Depreciación acelerada, exención en IVA y aranceles de maquinaria importada para efectos de la generación de energías no convencionales
Descargar Decreto